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Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica | Decreto de professione religiosa declaranda in Ordine Beatae Mariae de Mercede Reverendi Patris Fr. Sebastiani Acosta

 

 DOM ESTEBAN ANDERS ROMÁN, O-de-M
por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica prefecto del
DICASTERIO PARA LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA Y LAS SOCIEDADES DE VIDA APOSTÓLICA
 

Ciudad del Vaticano, 26 de abril de 2026

Prot. N. 001/26

El Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, en virtud de las facultades que le han sido conferidas, examinada diligentemente la documentación presentada por la Orden de la Bienaventurada Virgen María de la Merced para la Redención de los Cautivos, y conforme al derecho universal de la Iglesia y al derecho propio del Instituto,

DECRETA Y DISPONE:

Art. 1. — Se declara que la correcta denominación de la profesión religiosa del Reverendo Presbítero Sebastián Acosta es la de votos solemnes, de acuerdo con la normativa vigente.

Art. 2. — En consecuencia, se ordena la debida corrección y actualización de todos los registros, actas y documentos en los que conste una denominación diversa.

Art. 3. — Se ratifica al Reverendo Presbítero Sebastián Acosta en el oficio de Maestro General de la Orden, con todos los derechos, facultades y obligaciones inherentes al mismo, según el derecho.

Art. 4. — Compete a las autoridades legítimas de la Orden velar por la fiel ejecución de cuanto se establece en el presente Decreto.

Art. 5. — El presente Decreto entra en vigor desde el momento de su promulgación.

No obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en la Ciudad del Vaticano, a los veinticinco (25) días del mes de abril del año del Señor dos mil veintiséis (2026).


 Mons. Esteban Andrés Román, O-de-M
Prefecto del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica